Por motivos de seguridad es necesario evaluar periódicamente el estado de conservación de las construcciones y determinar las obras y trabajos de conservación necesarios. Esto se realiza a través de la Inspección Técnica de Construcciones. ¿Qué debo hacer? ¿Cada cuanto tiempo? ¿Donde debo acudir para que mi edificio sea inspeccionado? ¿Es obligatorio?
En este apartado, explicamos todas estas preguntas.
Fuente: Junta de Castilla y León
Evaluar periódicamente el estado de conservación de las construcciones y determinar las obras y trabajos de conservación necesarios.
Para obtener la relacion de Municipios en los que son obligatorias las ITE (completa y parcial) véase el apartado adjunto de DESCARGAS .
Propietarios, comunidad de propietarios, o agrupación de comunidad de propietarios.
Se deben realizar las ITE dentro del año natural siguiente a aquel en que se cumplan dichos plazos.
La inspección técnica de construcciones debe ser realizada por técnicos que sean competentes para proyectar o dirigir las obras de cada tipo de edificio, o para dirigir la ejecución de dichas obras, conforme a la legislación sobre ordenación de la edificación.No obstante la certificación energética y la evaluación de las condiciones de accesibilidad podrán ser realizadas por un técnico diferente del que suscriba el informe de inspección.
Programa de ayuda para la Inspección Técnica de Edificios de Castilla y León
Decreto 10/2013, de 7 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León en relación con la Inspección Técnica de Construcciones (BOCyL 13-03-2013).
Decreto 6/2016, de 3 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León para su adaptación a la Ley 7/2014,de 12 de septiembre,de medidas sobre rehabilitación,regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo.
Ayuntamiento de Alba de Tormes - Plaza Mayor 1. 37800 Alba de Tormes (Salamanca)
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